Para el centro oftalmológico Ebenezer es de gran valor la voz de nuestros pacientes, por ello disponemos de este espacio. Aquí podrás exponer quejas, peticiones, reclamos, solicitudes de información o felicitaciones.
Para solicitud de historia clínica:
De conformidad con lo consagrado en los artículos 34 de la Ley 23 de 1981 y 1 de la Resolución 1995 de 1999, la historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la ley.
Conforme a lo anterior, le informamos que para dar respuesta a su solicitud de copia de historia clínica o exámenes diagnósticos se requieren los siguientes documentos como soporte:
- Carta de solicitud firmada por el paciente, o autorización a terceros especificando las fechas de atención que requiere, (favor registrar el correo electrónico donde debe ser enviada la Historia Clínica).
- Adjuntar documento de identificación del paciente y persona autorizada.
Correo electrónico para la solicitud de historia clínica es: siau@ebenezeroftalmologia.com
De conformidad con lo consagrado en los artículos 34 de la Ley 23 de 1981 y 1 de la Resolución 1995 de 1999, la historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la ley.
De conformidad con lo consagrado en los artículos 34 de la Ley 23 de 1981 y 1 de la Resolución 1995 de 1999, la historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la ley.